Desde mi Trinchera/Alejandra Yáñez Rubio

LOS NUEVOS MINISTROS DE ACORDEÓN

Recientemente los ministros de la nueva SCJN declararon inconstitucional por segunda ocasión, el marco normativo del Estado de Morelos respecto a la objeción de conciencia. La anterior Corte ya había invalidado el artículo 12 BIS en la acción de inconstitucionalidad 107/2019. Habían señalado que la objeción de conciencia, aunque es un derecho humano, no es absoluto, por lo que sólo puede ejercerse cuando “no se limitan otros derechos”. En pocas palabras, los doctores y personal médico están obligados a hacer procedimientos que van en contra de sus valores, si no hay personal no objetor en su hospital.

En dicha sentencia, la Corte emitió varios lineamientos para indicarle a los diputados morelenses cómo debían legislar… Es decir, los ministros de la Corte vieja pretendieron imponer una legislación, excediendo el ejercicio de sus facultades. Los ministros no son legisladores. Su función es interpretar la constitución, no ordenar reformas legislativas.

El Congreso de Morelos reformó y a los ministros de la nueva Corte, los del acordeón, no les gustó cómo lo hicieron. En la sesión del pleno pudimos ver que esta nueva Corte también está centralizando el poder, para imponer reformas a favor de ciertas agendas. Convertir toda discrepancia en inconstitucionalidad es la manera más cobarde de abolir el federalismo. Parece que hay que recordarles que los diputados no fueron votados para obedecer y repetir, fueron elegidos para deliberar. Tras dos reformas constitucionales y después de una fallida elección judicial, en México tenemos ministros más ignorantes, pero igual de dictatoriales que los anteriores.

En la sesión del Pleno del 12 de mayo, se puede apreciar lo siguiente:

20min12segundos: El ministro Irving Espinosa Betanzos afirmó que “la objeción de conciencia, aunque no es en sí un derecho, se traduce en la vía legítima para que una persona pueda apartarse de manera individual y justificada del cumplimiento de un deber jurídico….”.

Que aseveración tan desafortunada. La objeción de conciencia es un derecho humano consagrado tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966). Entre 1987 y 2004, la Comisión de Derechos Humanos de la ONU adoptó un total de 9 resoluciones específicas en este tema. El Consejo de Derechos Humanos, que reemplazó a la Comisión, adoptó formalmente 3 resoluciones sobre este importante derecho humano, en las resoluciones 20/2 de 2012, la 24/17 de 2013 y la 36/18 de 2017. Esto nos demuestra que el ministro Espinosa Betanzos desconoce los contenidos de los tratados internacionales…

1hora16minutos30segundos: El ministro Arístides Guerrero confunde la objeción de conciencia con libertad religiosa. No son lo mismo. Un derecho humano es la libertad religiosa y otro derecho humano es la objeción de conciencia. Una persona atea puede objetar conciencia, ya que no se trata de tener una creencia o practicar una religión, sino del derecho a ejercer su profesión sin contravenir sus ideas, valores y convicciones personales. Muchos médicos se adhirieron al juramento hipocrático de “no matarás” como una convicción de vida: una médico sana, no mata.

El peligro de estos ministros ignorantes no solo es su ignorancia, sino su incapacidad para estudiar antes de ponerse a vulnerar derechos.